Mercado CE
El Marcado CE fue introducido por la Comisión Europea, estamento que establece las condiciones de su uso dentro de las distintas directivas. Con el Marcado CE, el fabricante o su representante dentro de la Unión Europea, declaran que el producto individual cumple con las normas de seguridad generales de las Directivas del Marcado CE.
El Marcado CE colocado en los productos constituye una declaración por parte de quien la ha colocado de que producto se ajusta a todas las disposiciones comunitarias, y se han llevado a cabo los procedimientos pertinentes de evaluación de la conformidad.
El Marcado CE es obligatorio y debe colocarse antes de que un producto sujeto a la misma sea comercializado o puesto en servicio, salvo en el caso de que una directiva específica disponga lo contrario.
Si los productos están sujetos a varias directivas, todas las cuales establecen el Marcado CE, éste indica que se presume que los productos son conformes con las disposiciones de todas estas directivas.
Un producto no puede llevar el Marcado CE si no está amparado por una directiva que disponga su colocación.
El Marcado CE debe figurar de forma visible, legible e indeleble en el producto o en su placa de características. Sin embargo, si esto no es posible o no puede hacerse debido a la naturaleza del producto, debe colocarse en el embalaje, en su caso, y en los documentos de acompañamiento, si la directiva de que se trate prevé dicha documentación.
Si un organismo notificado participa en la fase de control de la producción con arreglo a las directivas aplicables, su número de identificación debe figurar a continuación del Marcado CE. El número de identificación debe colocarlo, bajo la responsabilidad del organismo notificado, el fabricante o su representante autorizado establecido en la Comunidad.